Respuesta al expediente n.° CFPB-2025-0037
Introducción
los Centro de elección del consumidor Es un grupo independiente y no partidista de defensa del consumidor que defiende los beneficios de la libertad de elección, la innovación y la abundancia en la vida cotidiana. Defendemos políticas inteligentes que impulsan el crecimiento, promueven la elección de estilos de vida y defienden la innovación tecnológica.
En este documento, ofreceremos nuestros comentarios sobre la revisión que la CFPB está realizando de la Sección 1033 de la Ley Dodd-Frank relacionada con la portabilidad de los datos financieros.
La banca abierta como principio
El principio de banca abierta y soberanía de datos sobre la información financiera es fundamental para los consumidores, y creemos que es inherente a ellos. Los consumidores son dueños de sus cuentas y datos financieros, y deberían tener portabilidad sobre esa información al buscar servicios bancarios y financieros basados en esos criterios, ya sea en una institución FinTech, una plataforma de corretaje o intercambio de activos digitales, o una plataforma digital para la gestión financiera.
En nuestra opinión, la banca abierta permite al consumidor conectar su entidad financiera con los servicios que desee, ampliando así sus opciones para realizar sus transacciones financieras. Esto implica, naturalmente, ciertos derechos de propiedad financiera que son fundamentales en una economía de mercado como la de Estados Unidos.
Este es también un principio establecido en la Unión Europea, codificado a través del Directiva de servicios de pago, reconociendo la capacidad de los consumidores para reclamar la propiedad de sus transacciones e información financieras.
Durante la última década, los consumidores estadounidenses han adoptado plenamente las soluciones bastante abiertas, competitivas y tecnológicamente avanzadas que les han permitido conectar sus cuentas financieras con proveedores externos. Consideramos que esta práctica debería seguir fomentándose, aunque no necesariamente impuesta por la normativa.
La cuestión de la responsabilidad
Si bien la banca abierta es un estándar y principio vital que ya se reconoce en toda la industria financiera, la regla original CFPB 1033 tenía fallas principalmente porque no definía de manera estricta la responsabilidad por culpa en caso de filtraciones de datos, ataques informáticos o fraude.
Las fugas de datos, los ataques informáticos y las brechas de seguridad son ahora algo habitual para el consumidor estadounidense, que pone en riesgo de forma rutinaria su información, sus datos y su seguridad.
La regla 1033 aún presenta deficiencias en cuanto a la asignación de responsabilidad cuando los datos se transfieren entre instituciones financieras y proveedores externos, y en lo que respecta a fugas, ataques informáticos y violaciones de seguridad de datos. Los consumidores no deberían perder sus protecciones simplemente por ejercer su derecho a utilizar otro servicio.
El texto actual no define claramente cómo se distribuye la responsabilidad en caso de una violación de seguridad o divulgación indebida: si la responsabilidad recae en el titular de los datos, en la parte que los transmite o en el proveedor receptor. Un ecosistema de banca abierta que funcione necesita portabilidad. y una rendición de cuentas predecible que proteja a los consumidores sin desalentar la innovación.
Sección 1033 y representación de los derechos sobre datos financieros personales
En cuanto a la pregunta 9, la prohibición de comisiones es la interpretación más fiel de la ley. El derecho a la portabilidad de datos carece de sentido si se puede restringir mediante pago. Respecto a la pregunta 10, incluso las comisiones mínimas generan fricción en el cambio de proveedor, lo que obstaculiza la libertad de elección que el Congreso pretendía facilitar. Por lo tanto, la norma de no cobrar comisiones fomenta la competencia y protege la autonomía del consumidor.
No se requieren algoritmos especiales ni métodos propietarios para que los clientes puedan consultar su historial de saldos, ver sus transacciones financieras y realizar pagos fácilmente a las entidades y personas con las que desean realizar transacciones.
Los mandatos verticales de la CFPB
La mayor utilidad del enfoque de la CFPB en la regla 1033 radica en consolidar la portabilidad como un derecho del consumidor. Sin embargo, su implementación debería apoyar lo que el mercado ya ha desarrollado voluntariamente, en lugar de sustituirlo por un marco prescriptivo.
Si bien establecer estándares es útil, el proceso enrevesado ha servido principalmente para dar permiso a ciertas instituciones para crear nuevas oportunidades de búsqueda de rentas y cobro de costos cuando se trata de que los clientes simplemente conecten sus cuentas a otros proveedores de servicios.
El reconocimiento de los estándares existentes sobre API, acceso de desarrolladores y acceso abierto fue una política vital propuesta por la CFPB, pero las normas existentes son demasiado estrictas en aquellas áreas donde las directrices serían la contribución más útil por parte de la CFPB y otras agencias gubernamentales.
Gran parte de la infraestructura prevista por la CFPB ya existe en el mercado, creada voluntariamente por instituciones innovadoras que responden a la demanda de los consumidores. La mejora de la normativa no reside en añadir capas regulatorias, sino en garantizar que la interoperabilidad existente y el acceso basado en permisos permanezcan abiertos y guiados por el mercado. El objetivo debe ser establecer un mínimo para los derechos del consumidor, no dictar la implementación técnica de forma que, involuntariamente, beneficie a las empresas ya establecidas o cree nuevos obstáculos.
Simplificar estos mecanismos y permitir que los procesos dirigidos por el mercado determinen la mejor manera para que los clientes conecten sus cuentas con otros proveedores de servicios sería el mejor camino a seguir.
Por lo tanto, recomendaríamos ajustes a la regla 1033 para reconocer el principio de banca abierta al tiempo que se reconocen las libertades financieras inherentes de los consumidores para realizar transacciones con quien quieran y por el medio que deseen.
Gracias por su atención a este asunto.
Sinceramente tuyo,
Yaël Ossowski
Subdirector
Centro de elección del consumidor


