Introducción
Título
Proyecto de ley que modifica la Ley sobre la prohibición de la publicidad del tabaco, etc., la Ley sobre los productos del tabaco, etc., la Ley sobre los cigarrillos electrónicos, etc. y varias otras leyes (Implementación del plan de acción nacional contra el tabaquismo en niños y jóvenes)
Productos en cuestión
S00S – SALUD, EQUIPO MÉDICO
Notificación bajo otra ley
– Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta del tabaco y productos relacionados y por la que se deroga la Directiva 2001 /37/CE – Artículo 24, apartados 2 y 3
Contenido principal
– Prohibición de visualización:
los productos de tabaco, los sustitutos del tabaco y los cigarrillos electrónicos no deben ser visibles para los consumidores en los puntos de venta, incluso en Internet, hasta que un cliente los solicite específicamente. Sin embargo, esto no se aplica a:
tiendas físicas especializadas en la venta de puros, pipas y tabaco de pipa respectivamente, y la venta de cigarrillos electrónicos:
– Prohibición más estricta de publicidad y patrocinio:
se prohíben todas las formas de publicidad y patrocinio directos e indirectos y, como elemento adicional, los sucedáneos del tabaco y los productos a base de hierbas para fumar también están cubiertos por la prohibición.
– Embalaje estandarizado:
todos los productos de tabaco, productos a base de hierbas para fumar y cigarrillos electrónicos deben tener una apariencia uniforme. Sin embargo, esto no se aplica a los puros, el tabaco de pipa y las pipas. La estandarización significa, entre otras cosas, que el fabricante y el nombre del producto deben aparecer de manera estandarizada, que los logotipos no deben sobresalir y que el color, etc., del empaque debe estar estandarizado. La estandarización puede limitar el efecto publicitario del envase.
– Horario escolar libre de humo:
Para evitar que los escolares se enfrenten al tabaquismo, etc. durante el horario escolar, se propone que el horario escolar esté libre de humo en todas las escuelas primarias, internados, escuelas de continuación y centros de educación secundaria superior.
– Propiedades libres de humo:
Se propone incluir las instalaciones de educación secundaria superior que incluyen niños y jóvenes menores de 18 años y que no están cubiertas por los requisitos actuales para propiedades libres de humo.
– Prohibición de la venta de tabaco, sucedáneos del tabaco, productos a base de hierbas para fumar y cigarrillos electrónicos y envases de recarga con y sin nicotina en las escuelas primarias, internados, escuelas de continuación y centros de educación secundaria superior.
– Prohibición de aromas en productos de tabaco y cigarrillos electrónicos:
Está prohibida la venta de cigarrillos electrónicos, etc. con sabores característicos distintos al sabor a tabaco y mentolado. Lo mismo se propone para aquellos productos del tabaco que no estén ya cubiertos por la prohibición de aromas característicos, aunque no para el tabaco de pipa y los puros o los productos a base de plantas para fumar.
– Regulación de sucedáneos del tabaco (productos de nicotina):
no regulado previamente en la ley danesa, pero se propone que esté cubierto por la misma regulación que los productos de tabaco con respecto, por ejemplo, a las regulaciones de publicidad, límites de edad, etc. También se proponen requisitos sobre las advertencias sanitarias en el empaque en línea con las regulaciones actuales para cigarrillos electrónicos.
– Sistema de control de edad y niveles de penalización más estrictos:
se establecen requisitos para todos los comercios minoristas que comercialicen a través de Internet para garantizar un sistema que verifique efectivamente la edad del comprador, y se propone endurecer la sanción por incumplimiento del límite de edad.
– Régimen de registro de expendedores de cigarrillos electrónicos y envases de recarga con y sin nicotina, esquema de registro de sucedáneos del tabaco y envases de recarga sin nicotina.
– Sanciones más estrictas por incumplimiento de la Ley de entornos libres de humo.
– Facilitar el acceso de los municipios para proporcionar medicamentos gratuitos para dejar de fumar.